18 de febrero de 2011

Actualidad


EN ESPAÑA TAMBIEN ES ILEGAL FUMAR EN LAS CASAS


La normativa antitabaco vigente en España contempla también el ámbito privado. La misma establece que no se puede fumar en empresas y ahora tampoco en casas, en tanto sean "lugar de trabajo" de empleadas domésticas.


El cumplimiento de la Ley Antitabaco, puesta en vigencia en España el pasado 2 de enero, es atentamente vigilado por un grupo de expertos del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad que conforman el Observatorio destinado a su seguimiento.

Dicho observatorio ha planteado recientemente un nuevo dilema que afecta el ámbito privado: si no se puede fumar en empresas por ser lugares de trabajo, las casas también lo son para las empleadas domésticas.

Por eso, en presencia del personal doméstico, no se debería poder fumar, mientras que, al retirarse éste, los dueños de casa son libres de hacer lo que deseen. La casa vuelve a ser sólo "casa" y no empresa. Básicamente, de eso trata la nueva iniciativa.

Pero también se preguntan acerca de los cajeros automáticos, con el fin de determinar si la responsabilidad de fumar en estos recintos recae en el fumador o en la entidad bancaria.

En cuanto al primer caso, la persona que fuma en un lugar donde está prohibido está cometiendo una infracción leve, que podría recibir sanciones de hasta 3 mil euros.

En cambio, la entidad que permite fumar en lugares prohibidos es responsable de una falta grave, cuyo apercibimiento oscila entre los 3001 y los 15 mil euros, e incluso puede ocasionar el cierre de la misma.


Fuente: Infobae.com


NO OLVIDEMOS QUE FUMAR ES PERJUDICIAL PARA LA SALUD.